ALVAREZ GUILLERMO ALFREDO C/ MICRO OMNIBUS QUILMES SACIF Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
Guillermo Alfredo Álvarez promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. El Tribunal homologó el acuerdo conciliatorio alcanzado entre las partes y reguló los honorarios de los profesionales intervinientes.
Actor: Guillermo Alfredo Álvarez Demandado: Micro Ómnibus Quilmes S.A.C.I. Y F; Mutual Rivadavia de Seguros del Transporte Público de Pasajeros Objeto: Daños y perjuicios por accidente de tránsito Decisión: Se homologó el acuerdo conciliatorio y se regularon los honorarios de los profesionales intervinientes.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La transacción ha sido recepcionada por nuestro ordenamiento procesal vigente como un modo anormal de terminación del proceso (art. 308 del CPCC). [...] Contempla el presente supuesto lo normado por el artículo 1641 del Código Civil y Comercial de la Nación, referido a la extinción de las obligaciones litigiosas." "En consecuencia, entendiendo la infrascripta que la fijación de honorarios correspondientes a los mediadores prejudiciales establecida por ley 13.591 y dec. 2530/10 limita la facultad del magistrado de valorar en forma adecuada su labor, afectando la facultad propia y exclusiva del órgano jurisdiccional de establecer una retribución justa que contemple igual retribución por igual tarea." "El proceso está organizado para brindar un servicio a los justiciables, sus destinatarios. [...] la regulación (de honorarios), de acuerdo a las pautas que fija la ley arancelaria provincial, es excesiva e injustificadamente desproporcionada con la importancia de la tarea cumplida."
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