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ELJURE MIRTA ADRIANA C/ CONSORCIO DE COPROP EDIFICO CALLE NACION 112/114 Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ. INCUMP. CONTRACTUAL (EXC. ESTADO)

Las partes alcanzaron un acuerdo transaccional que fue homologado judicialmente. El Tribunal resolvió regular los honorarios de los profesionales intervinientes conforme a la normativa vigente.

Acuerdo transaccional Homologacion Regulacion de honorarios Ley 14.967 Honorarios provisorios Buena fe Proceso sumario Jus Intereses Notificacion

Actor: No se menciona un actor específico. Demandado: No se menciona un demandado específico. Objeto: Homologación de un acuerdo transaccional y regulación de honorarios. Decisión: Se homologó el acuerdo y se reguló los honorarios de los profesionales.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Habiendo las partes voluntariamente alcanzado una justa composición de intereses y derechos mediante el acuerdo transaccional que se denuncia, todo lo que se compadece con la buena fe, y del cual, no se advierte que afecte disposiciones de orden público, no puedo sino conformar la procedencia de lo acordado." "En consecuencia, corresponde sin más acometer la regulación de los honorarios de los profesionales que han intervenido en autos, teniendo en consideración el carácter sumario del proceso, el resultado del pleito en orden al progreso de la pretensión."

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