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ORTEGA LUIS PEDRO C/ PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - EMPL.PUBLICO

El actor Luis Pedro Ortega demandó a la Provincia de Buenos Aires por el reconocimiento de 275 días de licencia anual no gozada. La Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo confirmó la sentencia de primera instancia, reconociendo el derecho del actor a la indemnización correspondiente.

Recurso de apelacion Indemnizacion Licencia anual no gozada Empleo publico Provincia de buenos aires Derechos laborales Vacaciones Prescripcion Ley 13.982 Decreto 1050/09

Actor: Luis Pedro Ortega Demandado: Provincia de Buenos Aires Objeto: Indemnización por 275 días de licencia anual no gozada Decisión: Se confirma la sentencia de primera instancia que reconoce el derecho a la indemnización

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El derecho al ejercicio de un periodo de licencia anual de funciones, forma parte del conjunto de derechos reconocido por el sistema constitucional... admitiendo la caducidad del derecho a la licencia anual por el no ejercicio de la misma, es una forma diferente de admitir la renunciabilidad del mismo, lo cual deja al trabajador estatal en situación de indefensión respecto de las necesidades del empleador estatal." "Las vacaciones, por principio general, revisten un carácter netamente personal respondiendo a una finalidad sanitaria y, por consiguiente, social. Tienden a lograr que el empleado recupere sus fuerzas físicas y morales consumidas durante el cumplimiento de las obligaciones que le impone a lo largo del año el débito laboral." "La normativa aplicable al caso de marras expresamente reconoce el derecho de los agentes a percibir -en caso de corresponder
- la indemnización por licencia anual no gozada."

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