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BARBERA STELLA MARIS C/ CAJA DE JUBILACIONES, SUBSIDIOS Y PENSIONES DEL PERSONAL DEL BANC S/ MATERIA A CATEGORIZAR - PREVISION

La actora solicitó la inconstitucionalidad de varios artículos de la Ley n° 15.008 y el reconocimiento de su derecho a la movilidad jubilatoria. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia, declarando la inconstitucionalidad del artículo 41 de la ley y ordenando el pago de los haberes adeudados.

Recurso de apelacion Inconstitucionalidad Movilidad jubilatoria Ley n? 15.008 Caja de jubilaciones Derechos de jubilados Seguridad social Provincia de buenos aires Ley n? 15.514 Proteccion de derechos economicos

Actor: Stella Maris Barbera Demandado: Caja de Jubilaciones, Subsidios y Pensiones del Personal del Banco de la Provincia de Buenos Aires Objeto: Declaración de inconstitucionalidad de artículos de la Ley n° 15.008 y reconocimiento de derecho a la movilidad jubilatoria. Decisión: Se declaró la inconstitucionalidad del artículo 41 de la Ley n° 15.008 y se ordenó el pago de los haberes adeudados.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La movilidad de los agentes pasivos del Banco de la Provincia de Buenos Aires ha quedado librada a los avatares de un sistema previsional extraño, que en los hechos ha probado ser inestable o azaroso". "La aplicación del índice para el cálculo de la actualización de los emolumentos previsto en la ley 27.426 ha generado una brecha extremadamente pronunciada respecto al método de actualización que le hubiese correspondido a los jubilados y pensionados de la Caja". "La ley n° 15.008 ha sido derogada por la Ley n° 15.514, que busca restituir y ampliar los derechos de las personas jubiladas y pensionadas".

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