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G. J. N. C/ V. G. N. S/ ALIMENTOS

El demandado apeló la homologación de un acuerdo de alimentos y la imposición de costas. La Cámara confirmó la resolución de primera instancia, argumentando que no existía agravio posible respecto a la base de cálculo.

Alimentos Honorarios Base de calculo Imposicion de costas Recurso de apelacion Ley 14.967 Resolucion confirmada Procedimiento civil Costas de alzada Jurisdiccion de familia

Actor: G. J. N. Demandado: V. G. N. Objeto: Homologación de un acuerdo de alimentos y cuestionamiento de la imposición de costas. Decisión: Se confirmó la resolución de primera instancia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En la resolución apelada de fecha 20/11/2025 no existe base de cálculo alguna por lo que no habría en autos agravio posible en relación a ello y cualquier cuestionamiento devendría extemporáneo por ser prematuro." "A mayor abundamiento, nótese que lo resuelto en relación a la intimación para presentar los recibos de haberes responde a lo expuesto por la normativa antes descripta (artículo 39 Ley de honorarios 14967)."

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