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ENRIQUE IRIS YOLANDA y otro/a S/ HOMOLOGACION DE CONVENIO

Se homologó un acuerdo conciliatorio entre las partes por un monto total de $1.600.000. El Tribunal dispuso que los pagos se realicen directamente a la cuenta del actor, con costas a cargo de la demandada.

Homologacion Acuerdo conciliatorio Pago Honorarios Tribunal del trabajo Economia procesal Derechos laborales Ley de contrato de trabajo Cuenta bancaria Costas

Actor: IRIS YOLANDA ENRIQUE Demandado: COOPERATIVA DE TRABAJO COOPEMAR LTDA Objeto: Homologación de un acuerdo conciliatorio por $1.600.000 Decisión: Se homologó el acuerdo y se establecieron condiciones para el pago.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Importando la solución arribada una justa composición de los derechos y deberes de las partes, en los términos del art. 15 de la L.C.T., deberá homologarse la misma." "Se autoriza a efectuar los depósitos en forma directa en la cuenta del actor; por ello intimase a la parte actora para que en el término de dos (2) días, denuncie y acredite en el expediente la titularidad exclusiva de una cuenta abierta a su nombre." "Los honorarios de los letrados intervinientes deberán ser cancelados mediante transferencia bancaria directa a las cuentas que a tal efecto denuncien los mismos."

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