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TABARES LUCAS EZEQUIEL C/ JAJ S.R.L S/ DESPIDO

El actor promovió demanda por despido contra JAJ S.R.L. El Tribunal del Trabajo Nº 4 de Morón declaró la nulidad de la demanda por falta de firma ológrafa, considerando que el escrito carecía de validez jurídica.

Despido Nulidad Firma olografa Acto inexistente Procedimiento electronico Tribunal del trabajo Costas Honorarios Etica profesional Ley 15.057

Actor: Tabares Lucas Ezequiel Demandado: JAJ S.R.L Objeto: Despido Decisión: Se declaró la nulidad de la demanda y de todos los actos procesales posteriores.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La letrada patrocinante no ha seguido el procedimiento establecido en los acuerdos 3842/2017 y 4013/2020 SCBA... ha agregado a sus presentaciones electrónicas liminares, sendas piezas que contienen rúbricas pero que no son coincidentes con los originales." "El escrito carente de firma es un acto jurídicamente inexistente y como tal no está sujeto a convalidación posterior, porque carece de un requisito esencial." "La ausencia de firma debe reputarse un acto procesal inexistente... constituyendo la carencia de uno de sus elementos esenciales para su configuración en el mundo jurídico."

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