GRANCE AVALOS MARIA DELOSANTO Y OTRO/A S/ HOMOLOGACION DE CONVENIO
Se solicita la homologación de un convenio conciliatorio entre las partes. El Tribunal del Trabajo Nº 4 homologó el acuerdo, considerando que no vulnera principios de orden público y favorece la celeridad procesal.
Actor: GRANCE AVALOS MARIA DELOSANTO Demandado: [Nombre del demandado no especificado en el texto] Objeto: Homologación de un convenio conciliatorio. Decisión: Se homologó el acuerdo conciliatorio celebrado entre las partes.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La conciliación arribada entre las partes el 12/3/26 no vulnera ningún principio de orden público, constituyendo una justa composición de los derechos e intereses de las partes." "La renuncia genérica de derechos no tiene ningún valor (art. 12 L.C.T.)." "La conciliación es una de las formas posibles de concluir el juicio y el convenio conciliatorio hace a la celeridad procesal."
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