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TAPIA RICARDO DANIEL Y OTROS S/ HOMOLOGACION DE CONVENIO

Se solicita la homologación de un convenio conciliatorio entre las partes. El Tribunal del Trabajo Nº 4 homologó el acuerdo, considerando que no vulnera principios de orden público y promueve la celeridad procesal.

Homologacion Convenio conciliatorio Orden publico Celeridad procesal Lct Cuotas Honorarios Costas Tasa de justicia Tribunal del trabajo

Actor: NO ESPECIFICADO Demandado: TAPIA RICARDO DANIEL Y OTROS Objeto: Homologación de convenio conciliatorio. Decisión: Se homologó el acuerdo conciliatorio celebrado el 26/3/26 por la suma de $14.000.000 en dos cuotas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La conciliación arribada entre las partes... no vulnera ningún principio de orden público, constituyendo una justa composición de los derechos e intereses de las partes." "La renuncia genérica de derechos no tiene ningún valor (art. 12 L.C.T.)." "La conciliación es una de las formas posibles de concluir el juicio y el convenio conciliatorio hace a la celeridad procesal."

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