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SALVO FRANCO EZEQUIEL C/ GALENO ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ACCIDENTE IN-ITINERE

El actor solicitó la declaración de incompetencia del tribunal en el marco de un accidente in itinere. El Tribunal del Trabajo N°3 hizo lugar al planteo, determinando que el caso debe ser conocido por el Tribunal de Trabajo de Florencio Varela.

Incidente Competencia Accidentes de trabajo Ley 15.057 Tribunal de trabajo Florencio varela Comision medica Incompetencia Jurisdiccion Resolucion administrativa

Actor: SALVO FRANCO EZEQUIEL Demandado: GALENO ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. Objeto: Declaración de incompetencia del tribunal. Decisión: Se hace lugar al planteo de incompetencia y se determina que el caso debe ser conocido por el Tribunal de Trabajo de Florencio Varela.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La competencia territorial de la justicia provincial del trabajo resulta improrrogable... corresponde hacer lugar al planteo 'sub examine'." "El actor optó por concurrir a la Comisión Médica de Quilmes en atención a encontrarse su domicilio real ubicado en la localidad de Florencio Varela." "Corresponde definir que deberá conocer en autos el Tribunal de Trabajo con asiento en la ciudad de Florencio Varela."

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