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PRIETO MATIAS NICOLAS C/ GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES - DIRECCIÓN GENERAL DE C S/ FIJACION DE HONORARIOS EXTRAJUDICIALES

El Dr. Matías Nicolás Prieto solicitó la regulación de honorarios por su actuación extrajudicial en favor de una trabajadora accidentada. El Tribunal de Trabajo Nro. 1 de Bahía Blanca determinó los honorarios en 21 JUS, a ser abonados por la provincia de Buenos Aires.

Incidente Regulacion de honorarios Honorarios extrajudiciales Ley 14967 Ley 6716 Ley 10268 Trabajo Accidentes laborales Provincia de buenos aires Jus

Actor: Matías Nicolás Prieto Demandado: Gobierno De La Provincia De Buenos Aires
- Dirección General De Cultura y Educación Objeto: Regulación de honorarios por labores extrajudiciales Decisión: Se hace lugar a la demanda y se determinan los honorarios en 21 JUS.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Valorando los términos de la demanda y la documentación aportada, y de conformidad con las reglas de la sana crítica... corresponde determinar los honorarios profesionales del Dr. Matías Nicolás Prieto... en la cantidad de VEINTIÚN (21) JUS... los que deberán ser abonados por la provincia de Buenos Aires, dentro del plazo de SESENTA DÍAS de quedar firmes los mismos." "Cabe resaltar... que, conforme lo dispuesto por el art. 16 de la ley 6716, 'los jueces y tribunales al practicar regulación de honorarios de abogados, adicionarán a la misma el porcentual a cargo de la parte obligada a su pago'..." "Imponense las costas a la demandada...".

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