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PEREZ PUENTE OSVALDO ALBERTO C/ INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL S/ AMPARO POR MORA

El actor promovió acción de amparo por mora contra el Instituto de Previsión Social por la dilación en el trámite de su expediente jubilatorio. El Tribunal hizo lugar al amparo, ordenando al IPS a despachar el expediente en un plazo de 30 días.

Amparo por mora Procedimiento administrativo Instituto de prevision social Jubilacion Plazo razonable Celeridad Derechos constitucionales Tutela judicial Demora administrativa Costas del proceso

Actor: Pérez Puente Osvaldo Alberto Demandado: Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires Objeto: Amparo por mora en el trámite de un expediente administrativo para acceder a un beneficio jubilatorio. Decisión: Se hizo lugar a la acción de amparo por mora, ordenando al IPS a despachar el expediente en un plazo de 30 días.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La naturaleza y finalidad del juicio de amparo por mora no es otra que lograr el pronto despacho de las actuaciones administrativas que se estiman indebidamente dilatadas." "El tiempo transcurrido entre que el actor presentó su petición en sede administrativa -16/09/2020-, hasta la fecha de inicio del presente proceso -06.02.2026-, ha superado en exceso los plazos máximos fijados por la norma." "La demora incurrida por la Administración obligó al administrado a iniciar el presente proceso para lograr un pronunciamiento expreso."

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