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BRITEZ ELISABETH SANDRA C/ MAIONE VICTOR HUGO S/ DESALOJO (EXCEPTO POR FALTA DE PAGO)

El actor promovió demanda de desalojo contra el demandado por ocupación indebida de un inmueble. El Tribunal hizo lugar a la demanda, ordenando el desalojo del inmueble en un plazo de diez días.

Desalojo Inmueble Ocupacion indebida Rebeldia Notificacion Costas Codigo procesal civil Tacita admision Accion de desalojo Provincia de buenos aires

Actor: ELISABETH SANDRA BRITEZ Demandado: VÍCTOR HUGO MAIONE Objeto: Desalojo del inmueble sito en la calle Juan B. Justo n° 2578, Lanús. Decisión: Se hizo lugar a la demanda de desalojo, condenando al demandado a desalojar el inmueble en un plazo de diez días.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La notificación del emplazamiento crea para las partes la obligación de comparecer ante el Juez y tomar la intervención que le corresponde (art. 353 del C.P.C.), presumiéndose con su incomparencia una tácita admisión de los hechos afirmados por la actora..." "Ante el silencio de la demandada y la documentación acompañada que se tiene por reconocida, la que respalda la pretensión de la actora corresponde acoger la acción en todas sus partes..." "Corresponde imponer las costas a la demandada vencida, por no existir mérito para apartarme del principio objetivo de la derrota (conf. art. 68 del C.P.C.C.)."

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