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CAJA DE PREVISION SOCIAL PARA ABOGADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS C/ MANCUELLO ALCIRA S/ APREMIO

El demandante promovió un incidente de apremio por el cobro de una deuda de $22.815,62. El Tribunal ordenó llevar adelante la ejecución hasta el pago total de la suma reclamada, con costas a la parte ejecutada.

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Actor: Caja de Previsión Social para Abogados de la Provincia de Buenos Aires Demandado: Alcira Mancuello Objeto: Cobro de una deuda de $22.815,62 Decisión: Se ordenó la ejecución de la deuda hasta su total pago.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"No habiendo la parte ejecutada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 5 de la ley 9122 y 155 del C.P.C.)." "FALLO: esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto ALCIRA MANCUELLO haga a CAJA DE PREVISION SOCIAL PARA ABOGADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, íntegro pago del capital reclamado de $22.815,62 con más el interés que se calculará desde la fecha de mora y hasta el efectivo pago." "Con costas a la parte ejecutada que resulta vencida (art.68 y 556 del C.P.C.)."

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