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I. M. H. Y OTRO/A C/ PILAR BUS S.A. Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

Los actores F. Y. M. y M. H. I. demandaron a Pilar Bus S.A. y D. R. por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. El Tribunal hizo lugar a la demanda, condenando a los demandados al pago de $334.000 más intereses.

Danos y perjuicios Accidente de transito Responsabilidad objetiva Indemnizacion Dano moral Gastos medicos Privacion de uso Codigo civil y comercial Tribunal de primera instancia Provincia de buenos aires

Actor: F. Y. M. y M. H. I. Demandado: Pilar Bus S.A. y D. R. Objeto: Daños y perjuicios por un accidente de tránsito ocurrido el 2 de junio de 2017. Decisión: Se hizo lugar a la demanda, condenando a los demandados a pagar $334.000.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Cabe señalar en primer término, que en la responsabilidad derivada de los accidentes de tránsito rige la responsabilidad objetiva que consagra el art. 1757 del Código Civil y Comercial de la Nación por tratarse de daños producidos por el riesgo de la cosa." "No obstante no haber existido testigos presenciales del hecho, y la prueba ser escasa, la versión de la actora se encuentra corroborada por la declaración del testigo D. N. L." "Por lo expuesto, resulta imposible para la suscripta deslindar a que evento traumático -o en que proporción
- obedecen los síntomas a los que hace referencia el perito médico." "En consecuencia, corresponde desestimar este reclamo (art. 375, 474 y cc. del CPCC)."

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