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BANCO SANTANDER ARGENTINA SA (08) C/ CERVIÑO DIEGO ERNESTO S/ ACCION DE SECUESTRO (ART.39 LEY 12962)

Una entidad financiera promovió una acción para obtener el secuestro de un automotor prendado. El Tribunal declaró la inaplicabilidad del artículo 39 del decreto-ley 15.348 a las relaciones de consumo, ordenando la readecuación del trámite a la ejecución prendaria.

Incidente Secuestro prendario Relacion de consumo Ley de defensa del consumidor Inaplicabilidad Articulo 39 Derecho de defensa Jurisdiccion Ejecucion prendaria Inconstitucionalidad

Actor: Entidad financiera. Demandado: Persona física. Objeto: Secuestro de un automotor prendado. Decisión: Se declaró la inaplicabilidad del artículo 39 del decreto-ley 15.348 a las relaciones de consumo y se ordenó la readecuación del trámite a la ejecución prendaria.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La prenda con registro no fue creada para dar una herramienta al proveedor contra el consumidor, sino con un propósito de promoción económica de productores, comerciantes e industriales." "La facultad de secuestrar sin oportunidad de defensa previa importa dejar de lado el derecho de defenderse del consumidor o usuario y ampliar los derechos de la contraparte." "La Corte Suprema de Justicia de la Nación se ha expedido al respecto manifestando que 'privar al deudor -en la relación de consumo
- de todo ejercicio de derecho de defensa, en forma previa al secuestro del bien prendado, podría colocarlo en una situación que no se condice con la especial protección que le confiere el artículo 42 de la Constitución Nacional.'"

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