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F., M.A. c/ OSOCNA Y OTRO s/AMPARO DE SALUD

El actor promovió un amparo de salud para mantener su afiliación a la obra social tras su jubilación. El Juzgado Civil y Comercial Federal 10 hizo lugar a la demanda, ordenando a las demandadas mantener la afiliación en las mismas condiciones previas a la jubilación.

Amparo Salud Jubilacion Afiliacion Obra social Derechos Constitucion Seguridad social Prestaciones Jurisprudencia


¿Quién es el actor?

M.A.F.
- Demandados: OSOCNA y OSDE
- Objeto de la demanda: Continuidad de afiliación a la obra social sin límites tras la jubilación.
- Decisión del tribunal: Se ordena a las demandadas mantener la afiliación del actor en las mismas condiciones que tenía como trabajador activo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La decisión de las accionadas de privar a la actora de las prestaciones médico asistenciales por modificarse la situación de trabajador activo a jubilado luce como ilegítima y arbitraria, en los términos del art. 43 de la Constitución Nacional." "La creación del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados no importó un pase automático de los pasivos a ese organismo, pues el art. 16 de la referida ley 19.032 conservó la afiliación obligatoria a la obra social correspondiente al servicio prestado en actividad." "Los jubilados no se encontraban alcanzados por la normativa que limita la afiliación, lo que comporta una arbitraria restricción del pleno ejercicio del derecho a la salud."

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