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N, V c/ OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE LA ACTIVIDAD CERVECERA Y AFINES s/AMPARO LEY 16.986

El actor promovió una acción de amparo para que se mantenga su afiliación a la obra social OSPACA tras su jubilación. La Cámara Federal de La Plata confirmó la sentencia de primera instancia, ordenando a OSPACA garantizar la cobertura médica solicitada.

Amparo Obra social Jubilacion Derecho a la salud Cobertura medica Ospaca Aportes Autonomia personal Ley 16.986 Sentencia confirmada


¿Quién es el actor?

V H N

¿A quién se demanda?

OSPACA
- Objeto de la demanda: Mantener la afiliación a la obra social y la cobertura médica tras la jubilación.
- Decisión del tribunal: Se confirma la sentencia de primera instancia que ordena a OSPACA mantener la afiliación y cobertura médica.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El derecho a la salud, especialmente cuando se trata de enfermedades graves, está íntimamente relacionado con el derecho a la vida y con el principio de autonomía personal...". "Los decretos 292/95 y 492/95 le dan la posibilidad a quienes revistieran como personas pasivas, jubiladas y/o pensionadas, de optar entre su obra social...". "La conducta asumida por la demandada se presenta como violatoria de la normativa que regula las obligaciones a su cargo".

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