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MARMOL ALFREDO RUBEN C/ SIERRA MARIA BELEN Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

El actor promovió demanda por indemnización de daños y perjuicios tras un accidente de tránsito. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia, considerando que la imprudencia del actor interrumpió el nexo causal de la responsabilidad.

Recurso de apelacion Danos y perjuicios Accidente de transito Imprudencia Nexo causal Senal de pare Responsabilidad civil Ley de transito Culpa Indemnizacion

Actor: Alfredo Rubén Mármol Demandado: María Belén Sierra; "San Cristóbal" Sociedad Mutual de Seguros Generales Objeto: Indemnización de daños y perjuicios por accidente de tránsito Decisión: Se confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó la demanda

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La conducta imprudente del accionante, configuró un actuar culposo que resultó determinante en la producción del accidente (art. 1729 CCCN), al punto de fracturar el nexo causal postulado entre los daños que padeciera y el riesgo inherente a la circulación del vehículo del demandado (art. 1757 CCCN)." "La señal de PARE tiene un significado concreto y determinado que se encuentra detallado en el Anexo L, cap. III, 9, R.27, b) del decreto 779-95 reglamentario de la ley 24.449 que expresa lo siguiente: 'indica la obligación de detener totalmente la marcha antes de la encrucijada...'" "El aporte dinámico del motovehículo, que no se detuvo -como lo imponía la señal de tránsito
- hasta que pudiera cruzar sin interponerse en la línea de marcha de quienes circularan por la calle Vieytes que tenía prioridad de paso resulta indisputable..."

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