SONZINI OSVALDO MARIO Y OTRO/A C/ CONSORCIO DE PROPIETARIOS DE LA CALLE BUENOS AIRES N° 840 DE LOBOS S/ NULIDAD ACTO JURIDICO
El actor promovió recurso de apelación contra la nulidad de una cédula de notificación en un proceso de nulidad de acto jurídico. La Cámara confirmó la decisión de primera instancia, argumentando que la notificación no cumplió con el aviso previo requerido por el CPCC.
Actor: SONZINI OSVALDO MARIO Y OTRO/A Demandado: CONSORCIO DE PROPIETARIOS DE LA CALLE BUENOS AIRES N° 840 DE LOBOS Objeto: Nulidad de acto jurídico (notificación de traslado de acción) Decisión: Se confirma la nulidad de la cédula de notificación y se imponen costas a la parte actora.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El acto de la notificación del traslado de la acción... hace al ejercicio del derecho constitucional de defensa en juicio como así también a la garantía del debido proceso." "La existencia ideal de la persona a la que se intentó notificar no constituye un extremo que permita prescindir de cumplir con el aviso previo previsto en el segundo párrafo del artículo 338 del CPCC." "La imposición en costas se asienta... en la resistencia opuesta al momento de replicar la pretensión nulitiva."
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