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ECHETO, ULISES NESTOR LEANDRO C/ ORMAECHEA, CAMILA ALEJANDRA S/CUIDADO PERSONAL DE HIJOS

El abogado Marcos Ezequiel Díaz apeló la regulación de honorarios en su calidad de Asesor de Incapaces Ad-Hoc, solicitando la inclusión de aportes previsionales. La Cámara modificó la resolución de primera instancia, ordenando la adición de dichos aportes a los honorarios regulados.

Recurso de apelacion Honorarios Aportes previsionales Asesor de incapaces Justicia de paz Ley 6.716 Ley 5.827 Modificacion de resolucion Camara de apelaciones Provincia de buenos aires

Actor: E.U.N.L. Demandado: O.C.A. Objeto: Modificación de la regulación de honorarios del abogado Marcos Ezequiel Díaz, incluyendo aportes previsionales. Decisión: Se hace lugar al recurso de apelación y se modifica la resolución de fecha 07/05/2024, adicionando los aportes previsionales a los honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Las sumas reconocidas a los abogados en su calidad de defensores y asesores 'ad hoc' ante la Justicia de Paz, con cargo al presupuesto del Ministerio Público, no constituyen en sentido estricto honorarios profesionales...". "La naturaleza jurídica de la intervención que les compete a los abogados en dicha condición de funcionarios 'ad hoc'... no debieran encontrarse alcanzadas por deducciones previsionales de ninguna naturaleza...". "Las remuneraciones determinadas en tal contexto constituían 'algo así como meras compensaciones o indemnizaciones tasadas que... no debieran encontrarse alcanzadas por deducciones previsionales de ninguna naturaleza'...".

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