SUCESORES DE SORIANO JORGE ABEL C/ CAJA DE JUBILACIONES, SUBSIDIOS Y PENSIONES DEL PERSONAL DEL BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS
Los sucesores de Jorge Abel Soriano apelaron la sentencia que declaró la inconstitucionalidad de ciertos artículos de la Ley n° 15.008. La Cámara de Apelaciones confirmó la decisión de primera instancia, reconociendo el derecho a la movilidad jubilatoria conforme a la normativa anterior.
Actor: Sucesores de Jorge Abel Soriano Demandado: Caja de Jubilaciones, Subsidios y Pensiones del Personal del Banco de la Provincia de Buenos Aires Objeto: Declaración de inconstitucionalidad de artículos de la Ley n° 15.008 y reconocimiento de derechos jubilatorios Decisión: Se confirma la inconstitucionalidad del artículo 41 de la Ley n° 15.008 y se reconoce el derecho a la movilidad jubilatoria según la normativa anterior.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La movilidad de los agentes pasivos del Banco de la Provincia de Buenos Aires ha quedado librada a un sistema previsional extraño, que ha probado ser inestable o azaroso, proyectando impactos negativos que afectan la legítima situación subjetiva de quienes accedieron válidamente al goce de un ingreso proporcional y sustitutivo." "La aplicación del índice para el cálculo de la actualización de los emolumentos previsto en la ley 27.426 ha generado una brecha extremadamente pronunciada respecto al método de actualización que le hubiese correspondido a los jubilados y pensionados de la Caja." "La ley n° 15.008 ha sido derogada por la ley n° 15.514, que busca restituir y ampliar los derechos de los jubilados y pensionados."
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