FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ RITONDALE ORLANDO ANTONIO Y OTRO/A S/ APREMIO PROVINCIAL
El Fisco de la Provincia de Buenos Aires interpuso recurso de apelación contra la declaración de inconstitucionalidad de los artículos 21, 24 y 63 del Código Fiscal. La Cámara confirmó la sentencia de grado, rechazando la demanda de apremio y declarando la inconstitucionalidad de la normativa fiscal por vulnerar derechos fundamentales.
Actor: Fisco de la Provincia de Buenos Aires Demandado: Orlando Antonio Ritondale; Edgardo Francisco Bulla Objeto: Ejecución de deuda tributaria mediante apremio Decisión: Se confirmó la inconstitucionalidad de los artículos 21, 24 y 63 del Código Fiscal y se rechazó la demanda de apremio.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El sistema de responsabilidad solidaria estructurado en el Código Fiscal difiere del régimen de la Ley General de Sociedades y del derecho común, al imponer una responsabilidad directa y solidaria sin requerir la previa verificación de dolo o culpa, invirtiendo la carga de la prueba y limitando el derecho de defensa." "La regulación de los aspectos sustanciales de las relaciones entre acreedores y deudores corresponde a la legislación nacional, por lo que no cabe a las provincias dictar leyes incompatibles con lo que los códigos de fondo establecen." "La doctrina de los actos propios o el pretendido consentimiento derivado de la falta de impugnación administrativa no pueden ser utilizados para convalidar la aplicación de una normativa que adolece de una inconstitucionalidad manifiesta."
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