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DI BARTOLO GUSTAVO MARCELO C/ MINISTERIO DE SEGURIDAD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - EMPL.PUBLICO

El actor reclamó el reconocimiento y pago de licencias anuales no usufructuadas por razones de servicio. La Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo revocó parcialmente la sentencia de primera instancia, reconociendo 185 días de licencias y ajustando la forma de liquidación.

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¿Quién es el actor?

Gustavo Marcelo Di Bartolo

¿A quién se demanda?

Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reconocimiento y pago de licencias anuales no usufructuadas (LANU)

¿Qué se resolvió?

Se revoca parcialmente la sentencia de primera instancia, reconociendo 185 días de licencias.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La caducidad del derecho opera de pleno derecho y en forma automática al vencimiento del plazo legal para el goce... La pérdida del derecho se produce por el simple transcurso objetivo del tiempo sin que se haya ejercido la facultad." "El reconocimiento de tal derecho pecuniario al momento del cese en el servicio activo... debe limitarse estrictamente a aquellas licencias que, encontrándose pendientes de ser usufructuadas, aún no hayan sido alcanzadas por la caducidad." "La indemnización sustitutiva de vacaciones no gozadas constituye una típica 'deuda de valor'... en un contexto de alta inflación... fijar el quantum con un criterio estrictamente histórico... implicaría una licuación del crédito."

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