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T. M. A. C/ M. L. G. S/ INCIDENTE DE CUIDADO PERSONAL DE HIJOS

Marisol Alejandra Taborda interpuso un incidente de cuidado personal de hijos contra Lucas Gonzalo Medina. La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial rechazó el recurso, argumentando que el acuerdo homologado no presentaba vicios en la voluntad de las partes.

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Actor: Taborda Marisol Alejandra Demandado: Medina Lucas Gonzalo Objeto: Homologación de un acuerdo sobre el cuidado personal de la hija. Decisión: Se rechaza el recurso interpuesto por la actora.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La solapada insinuación de un vicio en la voluntad por presión procesal debió ser articulada conforme las previsiones del art. 170 último párrafo del CPCC... no existe ningún elemento -ni en términos de sospecha
- que hagan presumir un estado de vulnerabilidad... las cuestiones que plantea la apelante no constituyen un agravio concreto y actual." "Fueron las propias partes quienes decidieron poner fin al proceso presentándole al órgano jurisdiccional un acuerdo... el planteo se percibe más como una reflexión tardía que un verdadero agravio atendible." "Corresponde, rechazar el recurso interpuesto con costas a cargo de la apelante (art. 68 CPCC)."

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