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MIÑO MARIA SUSANA C/ OCHOA RICARDO ORLANDO S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS

La actora solicitó el beneficio de litigar sin gastos en el marco de un proceso civil. El Tribunal declaró la caducidad de la instancia por inactividad procesal de la demandante, resaltando la falta de impulso del juicio.

Incidente Caducidad de instancia Inactividad procesal Beneficio de litigar sin gastos Art. 315 c.p.c.c. Derecho procesal Tribunal Resolucion judicial Notificacion Silencio administrativo

Actor: MIÑO MARIA SUSANA Demandado: OCHOA RICARDO ORLANDO Objeto: Beneficio de litigar sin gastos Decisión: Se declaró la caducidad de la instancia por falta de actividad procesal.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La caducidad de la instancia es un modo de extinción del proceso que tiene lugar cuando no se lo impulsa durante el tiempo establecido por la ley." "La intimación impartida en cumplimiento con lo dispuesto por el art. 315 del C.P.C.C. tiene como finalidad que la actora manifieste su deseo de continuar adelante con el juicio y produzca actividad procesal útil." "Habiendo vencido el plazo allí otorgado en el término de gracia, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar."

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