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AADI CAPIF A.C.R. C/ PADRON ALCIDES EZEQUIEL S/ COBRO SUMARIO SUMAS DINERO (EXC.ALQUILERES, ETC.)

El actor promovió demanda por cobro de retribuciones equitativas por la comunicación pública de fonogramas. El Tribunal hizo lugar a la demanda, condenando al demandado al pago de las sumas adeudadas desde el 01/10/2013.

Cobro de sumas Propiedad intelectual Comunicacion publica Rebeldia Intereses Ley 11.723 Ley 26.522 Juzgado civil Retribuciones equitativas Codigo procesal civil y comercial

Actor: AADI CAPIF Asociación Civil Recaudadora Demandado: Alcides Ezequiel Padrón Objeto: Cobro de retribuciones equitativas por la comunicación pública de fonogramas. Decisión: Se hace lugar a la demanda, condenando al demandado a abonar las retribuciones adeudadas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La declaración de rebeldía del demandado no implica el reconocimiento automático de los hechos alegados por el actor, sino que este debe probar la legitimidad de sus pretensiones." "El demandado, como titular de una explotación comercial, está obligado al pago por el beneficio indirecto que obtiene." "Los intereses deben computarse desde la fecha de la mora correspondiente a la constatación notarial, esto es 09/03/2015, hasta el efectivo pago."

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