LEZCANO, CLAUDIO C/ ESPINDOLA, OSCAR DARIO Y OTRO S/ DAÑOS Y PERJUICIOS
Los actores O. D. E. y F. C. T. promovieron demanda por daños y perjuicios tras un accidente de tránsito. El Tribunal hizo lugar a la demanda, responsabilizando al demandado C. L. por no respetar la señal de tránsito.
Actor: O. D. E. y F. C. T. Demandado: C. L.; C. M. L.; P. S.A. D. S. Objeto: Indemnización por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. Decisión: Se hizo lugar a la demanda de los actores, condenando al demandado C. L. a indemnizar por los daños.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La causa eficiente del daño estará determinada por la conducta del agente que en la emergencia violó la señal lumínica. [...] En consecuencia, la causa eficiente del daño estará determinada por la conducta del agente que en la emergencia violó la señal lumínica. [...] Es evidente que el derecho procesal y el derecho sustancial, tal como quedó apuntado, entrecruzan influencias ante el problema de la prueba en el juicio de daños." "El hecho que motivara el presente conflicto ha sido un accidente de tránsito en que el cual han intervenido dos automóviles, razón por la cual rige en la especie la responsabilidad por riesgo de la cosa, conforme lo establecido en el art. 1769 del CCC." "Así las cosas, tal como viene de la acción del artículo 375 de consuno con lo que viene del artículo 384 de la ley procesal, se ha creado sobre el Sr. L. una seria presunción de responsabilidad en su contra y que sólo cede ante prueba en contrario, prueba ésta que en el caso no ha sido producida a los fines de exculparse."
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