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A., M. A. c/ OBRA SOCIAL DE LA UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACION s/AMPARO DE SALUD

La Sra. M. A. promovió una acción de amparo contra la Obra Social de la Unión del Personal Civil de la Nación para obtener la cobertura de un acompañante terapéutico. El tribunal hizo lugar a la acción, ordenando la cobertura integral del 100% de la prestación solicitada.

Amparo Salud Acompanante terapeutico Cobertura Discapacidad Esquizofrenia Obra social Derecho a la salud Prestaciones Ley 24.901


¿Quién es el actor?

M. A.

¿A quién se demanda?

Obra Social de la Unión del Personal Civil de la Nación
- Objeto de la demanda: Cobertura integral del 100% para un acompañante terapéutico.
- Decisión del tribunal: Se ordena a la demandada brindar la cobertura solicitada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El derecho a la salud es un bien fundamental que debe ser garantizado por el Estado y las obras sociales. La amparista, diagnosticada con esquizofrenia, requiere un acompañante terapéutico para su tratamiento, lo que justifica la cobertura solicitada." "La demandada no aportó elementos probatorios que justifiquen su negativa a la cobertura, limitándose a cuestionar la indicación del médico tratante."

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