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CREDIL SRL C/ MORENO YOLANDA JACINTA S/ COBRO EJECUTIVO

Credil SRL apeló la sentencia que ordenó la ejecución de un crédito por $40.000,00 sin incluir intereses compensatorios. La Cámara modificó la decisión, reconociendo los intereses compensatorios desde la fecha del pagaré, con límites establecidos.

Recurso de apelacion Cobro ejecutivo Intereses compensatorios Capital Mora Tasa de interes Ley 24.240 Codigo civil y comercial Buenos aires Decision judicial

Actor: CREDIL SRL Demandado: MORENO YOLANDA JACINTA Objeto: Cobro ejecutivo de $40.000,00 más intereses. Decisión: Se modifica la sentencia de primera instancia para incluir intereses compensatorios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Los intereses compensatorios son los que se pagan por el uso del capital ajeno y resultan independientes de la culpa o dolo del deudor, siendo su pacto autorizado por el artículo 767 del Código Civil y Comercial." "Cabe recordar que los jueces conservan las facultades de atenuar la incidencia de los intereses, si advierten que se encuentra comprometido el orden público en el supuesto que los estipulados contraríen los límites impuestos por la buena fe, la moral y las buenas costumbres." "Se modifica la decisión recurrida dictada el día 05 de diciembre de 2025 y se dispone que al capital adeudado de $40.000,00 se le adicionarán los intereses compensatorios devengados desde la fecha de confección del pagaré, el día 28/03/2022 a las tasas pactadas en el mismo."

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