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Principal en Plenario PL01 - IMPUTADO: FRIAS REINOSO, JESUS MANUEL Y OTRO s/HURTO y INFRACCION LEY 25.891 ART. 12

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 2 declinó su competencia en un caso de infracción a la ley 25.891, argumentando que se trataba de un delito correccional. La Cámara Federal de Casación Penal declaró competente al Tribunal Oral para continuar con la tramitación, considerando la posible agravante del ánimo de lucro.

Conflicto de competencia Tribunal oral Delito correccional Ley 25.891 Animo de lucro Casacion penal Juzgado federal Administracion de justicia Escala penal Ministerio publico fiscal


¿Quién es el actor?

Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 2.

¿A quién se demanda?

Juzgado Criminal y Correccional Federal N° 12.
- Objeto de la demanda: Conflicto negativo de competencia.
- Decisión del tribunal: Se declara competente al Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 2.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La competencia por razón de la materia se determina... a partir de la escala penal prevista para el tipo penal atribuido... nos encontramos ante un delito correccional". "La calificación legal allí asignada no es definitiva... no puede descartarse la eventual aplicación de la agravante prevista en el art. 13 inc. a) de la ley 25.891".

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