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R. B. E. M. C/ . F. T. Y OTRO/A S/ DONACION-REVOCACION DE

El demandante promovió una acción de revocación de donación por ingratitud contra los demandados. La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial rechazó el recurso de apelación, confirmando la revocación de la donación por incumplimiento del deber alimentario.

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Actor: E. R. B. Demandado: J. L.; F. C. Objeto: Revocación de donación por ingratitud. Decisión: Se rechazó el recurso de apelación contra la sentencia que revocó la donación.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La revocación por ingratitud es el mecanismo que la ley reconoce al donante para dejar sin efecto el contrato... La negativa injustificada a prestar alimentos exige que el donante se encuentre en estado de necesidad y que el donatario, estando en condiciones de prestarlos, se niegue sin causa." "El juicio de alimentos promovido... mantiene una íntima relación... si en el proceso de alimentos se dictó sentencia firme condenando a los demandados al pago de una cuota... esa decisión reviste autoridad de cosa juzgada respecto de esos extremos." "El cumplimiento debido no es un acto de liberalidad sino la satisfacción de una obligación legal, y su ejecución posterior no neutraliza automáticamente la ingratitud ya configurada."

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