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CACERES ALCARAZ CELSA C/ PREVENCIÓN ART S.A. S/ ENFERMEDAD PROFESIONAL

El actor solicitó la homologación de un acuerdo conciliatorio por enfermedad profesional. El Tribunal del Trabajo Nº 4 homologó el convenio, considerando que no vulnera principios de orden público y promueve la celeridad procesal.

Incidente Homologacion Acuerdo conciliatorio Enfermedad profesional Tribunal del trabajo Celeridad procesal Ley 24.557 Costas Honorarios Pago directo

Actor: CACERES ALCARAZ CELSA Demandado: PREVENCIÓN ART S.A. Objeto: Homologación de un acuerdo conciliatorio por enfermedad profesional. Decisión: Se homologó el acuerdo conciliatorio por un monto total de $38.000.000, a abonarse en dos pagos.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La conciliación arribada entre las partes en fecha 20/03/2026 no vulnera ningún principio de orden público, constituyendo una justa composición de los derechos e intereses de las partes." "La conciliación es una de las formas posibles de concluir el juicio y que el convenio conciliatorio hace a la celeridad procesal." "Por ello: voto por la homologación del presente convenio conciliatorio."

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