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BULLA FRANCISCO PABLO Y OTRO/A C/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A.U. S/ FIJACION HONORARIOS EXTRAJUDICIALES

Los abogados Francisco P. Bulla y Joaquín B. Quadranti solicitaron la regulación de honorarios por sus labores extrajudiciales ante la Comisión Médica Jurisdiccional. El Tribunal del Trabajo Nº 3 hizo lugar a la demanda, fijando los honorarios en 6 unidades jus para cada uno.

Honorarios Regulacion Trabajos extrajudiciales Ley 27348 Ley 14967 Comision medica Art Unidad jus Provincia de buenos aires Obligacion de pago

Actor: Francisco P. Bulla; Joaquín B. Quadranti Demandado: Federación Patronal Seguros SAU Objeto: Regulación de honorarios por trabajos extrajudiciales en actuaciones ante la Comisión Médica. Decisión: Se hace lugar a la demanda regulatoria, fijando honorarios en 6 unidades jus para cada abogado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Surge con nitidez de la documental adjuntada... la efectiva actuación de los accionantes... se dictaminó de modo favorable al carácter profesional de uno de los dos hombros en cuestión... el rol de obligada de la accionada se halla fuera de duda... será de aplicación la ley arancelaria provincial (N° 14967) que proclama, desde su primer artículo, que tiene naturaleza de orden público... propongo que al actor, por sus trabajos en sede administrativa, corresponde que le fijemos 6 unidades jus a cada cual...". "Corolario de todo lo expuesto, propongo al Acuerdo que accedamos a la demanda regulatoria incoada... fijando sus honorarios correspondientes a las labores extrajudiciales... en 6 unidades jus para cada uno...".

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