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VERA MARTINEZ NADIA MARIA C/ DIRECCION GENERAL DE CULTURA Y EDUCACION DE LA PROVINCIA DE BUENO S/ ACCIDENTE IN-ITINERE

Vera Martínez Nadia María promovió demanda por accidente in-itinere contra la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires. El Tribunal del Trabajo Nº3 de Quilmes decretó la caducidad de instancia por falta de actividad procesal de la actora.

Caducidad de instancia Accidente in-itinere Ley 15.057 Codigo procesal civil y comercial Falta de actividad procesal Intimacion Costas Honorarios Tribunal del trabajo Provincia de buenos aires

Actor: Vera Martínez Nadia María Demandado: Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires Objeto: Indemnización por accidente in-itinere Decisión: Se decretó la caducidad de instancia

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que con fecha 18/9/2025 se intimó a la parte actora a instar el procedimiento dentro del quinto día de notificada. Que no obrando respuesta a dicha conminación a activar la causa, el último movimiento procesal útil data del 27/10/2023, por lo cual del análisis del expediente de marras surge que los plazos establecidos por el art. 11 de la ley 15.057 han transcurrido holgadamente." "Que el transcurso del tiempo, la intimación cursada en autos, el silencio guardado por la parte actora frente a ella y la falta de actividad procesal hacen aplicable al caso el instituto de la caducidad de instancia establecido especialmente por el art. 11 de la ley 15.057 y por el art. 315 (mod. ley 13.986) del Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Buenos Aires."

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