BAEZ DIEGO ARIEL C/ CENCOSUD S.A. S/ DESPIDO
El actor promovió la homologación de una transacción celebrada con la demandada por despido. El Tribunal del Trabajo N° 1 homologó la transacción, considerando que se alcanzó una justa composición de los derechos e intereses de las partes.
Actor: BAEZ DIEGO ARIEL Demandado: CENCOSUD S.A. Objeto: Homologación de una transacción por despido. Decisión: Se homologó la transacción celebrada por las partes.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La citada transacción ha sido celebrada por las partes plenamente capaces, en ejercicio de su voluntad expresada libremente, no teniendo la misma a la vez por objeto un título nulo ni contraria leyes de orden público (arts. 12 y 15 ley 20744, 308 del CPCC.) y 'se ha alcanzado en la misma una justa composición de los derechos e intereses de las partes' (SCJBA., LP L 87983 S 26/12/2012, Carátula: 'Olivera, Carlos Alberto c/ Transportes Automotores La Plata S.A. s/ Despido')." "Entiendo que corresponde homologar la transacción celebrada por las partes y por medio de la cual dan por terminado el presente juicio, en la forma y condiciones que lo han estipulado." "Las costas serán soportadas por la parte demandada CENCOSUD S.A. (art. 73 del C.P.C.C., 24, 25,89 ley 15057)."
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