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PELLEGRINO MARIA GRISELDA S/ QUIEBRA(PEQUEÑA)

Se solicita la conclusión del proceso de quiebra de María Griselda Pellegrino tras la clausura del procedimiento por distribución final. El Tribunal decreta la conclusión del proceso, considerando que no hubo ingreso de nuevos bienes ni fondos desde la clausura.

Quiebra Conclusion Distribucion final Honorarios Activo realizado Sindicatura Maria griselda pellegrino Ley 24.522 Procedimiento falencial Cese de medidas

Actor: Sindicatura Demandado: María Griselda Pellegrino Objeto: Conclusión del proceso de quiebra Decisión: Se decreta la conclusión del proceso de quiebra

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La clausura del procedimiento falencial por distribución final supone el cumplimiento de todas las etapas posteriores a la declaración de la quiebra... corresponde delimitar como activo realizado el máximo de 13 sueldos embargados (12 sueldos más el SAC)... ante la falta de ingresos de bienes al patrimonio del deudor durante la comprobada circunstancia del transcurso de -más
- de dos años del dictado de aquella resolución de clausura... entiendo que debe proceder favorablemente la conclusión definitiva del presente proceso falencial."

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