TOLEDO NORBERTA CECILIA Y OTROS C/ BORSZCZ FACUNDO OSCAR Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
Los demandantes solicitaron la regulación de honorarios de la mediadora en el marco de un incidente de inconstitucionalidad. El Tribunal resolvió regular los honorarios en 70 jus, rechazando la inconstitucionalidad del Decreto 600/21.
Actor: TOLEDO NORBERTA CECILIA y otros Demandado: BORSZCZ FACUNDO OSCAR y otros Objeto: Regulación de honorarios de la mediadora Decisión: Se regulan los honorarios de la mediadora en 70 jus, rechazando la inconstitucionalidad del Decreto 600/21.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Declarar la inconstitucionalidad de una norma... configura un acto de suma gravedad institucional que debe considerarse como la última ratio del orden jurídico." "No existe interés procesal en la declaración de inconstitucionalidad de la normativa específica aplicada por el juzgado para regular los honorarios de la mediadora... Si hay otra salida potencialmente factible, no debe llegarse a la declaración de inconstitucionalidad, que es última ratio." "En virtud de lo expuesto y considerando que en el marco de la mediación prejudicial la mediadora ha celebrado 6 audiencias, entendiéndolo razonable; RESUELVO: Regular los honorarios de la Dra. María Florencia Puentes en 70 jus..."
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