CAJA PREV SOC VETERINARIOS PCIA BS AS C/ VELOZ MARIA DE LOS ANGELES S/APREMIO
El actor promovió un recurso de apelación contra la sentencia que ordenó la ejecución de aportes previsionales. La Cámara modificó parcialmente la sentencia, estableciendo que la deuda se liquidará conforme al valor del JUVET al momento del pago.
Actor: Caja de Seguridad Social para Veterinarios de la Provincia de Buenos Aires Demandado: Veloz María de los Ángeles Objeto: Pago de aportes previsionales adeudados por un total de $164,787.75 más intereses. Decisión: Se modifica parcialmente la sentencia de primera instancia, estableciendo que la deuda se liquidará conforme al valor del JUVET al momento del pago.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La deuda que mantiene la accionada con la actora tiene la naturaleza señalada y está medida en JUVET... la condena deberá expresarse en dicha unidad de medida o módulo, debiendo el accionado dar cumplimiento a la obligación a su cargo, abonando el valor equivalente a la fecha en que se materialice el efectivo pago." "El artículo 78 de la ley de la Caja de Veterinarios prescribe que el incumplimiento por parte del afiliado de las obligaciones de abonar a la Caja los aportes... lo hará pasible de los recargos e intereses cuyo monto y tasa fijará la Asamblea." "A partir de esa fecha se calcularán intereses (moratorios y punitorios, en el caso que correspondan) sobre el capital concretamente adeudado de 417 juvet y hasta el total y efectivo pago, a la tasa de interés que fija la Asamblea de Afiliados para cada período..."
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