CAJA SEG.SOC.VETERINARIOS PCIA.BS.AS.C/MARTINEZ ROBERTO FRANCISCO S/ APREMIO
El actor apeló la sentencia de remate que ordenaba el pago de aportes adeudados por el demandado. La Cámara modificó la sentencia, permitiendo la ejecución de la deuda expresada en Juvet y estableciendo intereses desde la fecha de mora hasta el efectivo pago.
Actor: Caja de Previsión Social para Veterinarios de la Provincia de Buenos Aires Demandado: Martínez Roberto Francisco Objeto: Pago de aportes adeudados en Juvet Decisión: Se modifica la sentencia apelada, permitiendo la ejecución de la deuda en Juvet con intereses.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La deuda por aportes configura una obligación de valor. La norma en cuestión, el artículo 772 del digesto, ahora prevé que 'si la deuda consiste en cierto valor, el monto resultante debe referirse al valor real al momento que corresponda tomar en cuenta para la evaluación de la deuda.'" "La obligación de valor permanece al margen del nominalismo, por cuanto lo que se debe no es dinero, sino un valor que, aunque termine traduciéndose en dinero, permitirá siempre la actualización que sea pertinente hasta alcanzarlos." "Se modifica la sentencia apelada, mandándose llevar adelante la ejecución por el certificado de fs. 2/4 por el equivalente de las obligaciones periódicas adeudadas expresadas en Juvet, con más los intereses dispuestos en el considerando sexto."
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