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CASTILLO GUERRERO MARCIANO ANTONIO C/ METALURGICA JR S.R.L. Y OTROS S/ DESPIDO

El actor promovió un incidente de homologación de un acuerdo conciliatorio tras el despido. El Tribunal del Trabajo Nº 1 de Avellaneda homologó el desistimiento de la acción y el convenio conciliatorio, considerando que no vulnera principios de orden público.

Incidente Despido Homologacion Conciliacion Orden publico Celeridad procesal Derechos laborales Multa Honorarios Tasa de justicia


¿Quién es el actor?

CASTILLO GUERRERO MARCIANO ANTONIO
- Demandados: METALURGICA JR S.R.L.; SINISGALLI MARIO NICOLAS
- Objeto de la demanda: Homologación de un acuerdo conciliatorio tras un despido.
- Decisión del tribunal: Se homologó el desistimiento de la acción y el acuerdo conciliatorio.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El desistimiento de la acción del co demandado rebelde METALURGICA JR S.R.L. no viola ningún principio de orden público (art. 304 del C.P.C.C). La conciliación arribada entre la parte actora y demandadas no vulnera ningún principio de orden público y constituye una justa composición de los derechos e intereses de las partes." "La conciliación es una de las formas posibles de concluir el juicio (art. 30 de la ley 15.057), y el convenio celebrado entre partes hace a la celeridad procesal que debe imprimirse a todo trámite en el que se ventilen cuestiones de índole alimentario." "Las partes han pactado la multa aplicable en caso de que se incumpla la obligación y la misma resulta proporcionada con el monto conciliado (art 790 CCC)."

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