ELECTRONICA MEGATONE SA (43) C/ VAZQUEZ MATIAS EZEQUIEL S/ COBRO EJECUTIVO
Se declara la caducidad de la instancia en un proceso por falta de impulso. El Tribunal resolvió que, tras la intimación, no se cumplió con el impulso necesario, por lo que se procede a la caducidad.
Actor: No se menciona. Demandado: No se menciona. Objeto: Impulso del proceso. Decisión: Se decreta la caducidad de la instancia.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La última actividad procesal útil fue el 1 de agosto de 2023. Luego de la intimación, la parte actora impulsó el proceso el 9 de noviembre de 2023, pero desde el 7 de noviembre de 2025 ha transcurrido nuevamente el plazo de caducidad." "Corresponde declarar la caducidad de la instancia en virtud de los artículos 310, 315 y 316 del CPCC."
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