VILAR, MARIA DEL ROCIO C/ PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ INCONSTITUCIONALIDAD ART. 57 INC. E DE LEY 10.579
María del Rocío Vilar solicitó la declaración de inconstitucionalidad del art. 57 inc. e de la ley 10.579, que le impide inscribirse en el listado oficial de docentes por su edad. La Corte declaró la inconstitucionalidad de la norma, argumentando que la limitación por edad es discriminatoria y vulnera derechos fundamentales.
Actor: María del Rocío Vilar Demandado: Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires Objeto: Inconstitucionalidad del art. 57 inc. "e" de la ley 10.579 por denegar la inscripción en el listado oficial de docentes por edad. Decisión: Se declaró la inconstitucionalidad de la norma y se ordenó a la demandada a permitir la inscripción de la actora.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La desigualdad de trato que la normativa impugnada consagra no guarda adecuada proporción con la necesidad de asegurar los fines que la educación pública persigue, pues la edad no revela por sí sola la falta de idoneidad para acceder al ejercicio de la docencia." "Una disposición limitativa solo por razones de edad configura una distinción de trato ofensiva a la dignidad humana." "La previsión de una limitación así, que no puede ser vencida siquiera con la acreditación de la aptitud profesional y la idoneidad para el cargo, es francamente discriminatoria y contradice abiertamente el derecho a trabajar y a la igualdad ante la ley."
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