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DENUNCIADO: R. T. S.A. Y OTROS s/INFRACCION LEY 27.430 DENUNCIANTE: ARCA - DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA

R. T. S.A. fue denunciada por evasión del Impuesto a las Ganancias correspondiente al ejercicio 2020. El Juzgado Penal Económico N° 5 desestimó la denuncia por inexistencia de delito, aplicando retroactivamente la ley N° 27.799 que eleva los umbrales de evasión.

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Actor: M. S. A., Jefa (Int) de la Sección Penal Tributaria de la DGI. Demandado: R. T. S.A. Objeto: Evasión del Impuesto a las Ganancias por $2.465.606,61 correspondiente al ejercicio 2020. Decisión: Se desestima la denuncia por inexistencia de delito.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La ley N° 27.799 debe ser aplicada retroactivamente en función del principio de ley penal más benigna." "El hecho objeto de investigación resulta atípico, pues los montos presuntamente evadidos no superan los $100.000.000." "Corresponde desestimar la denuncia en virtud de la inexistencia de delito, conforme a los artículos 180, 3° párrafo, del Código Procesal Penal de la Nación."

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