GOMEZ NADIA PAMELA C/ HERRERA LUCAS JOAQUIN S/ ALIMENTOS
El demandante apeló la sentencia que fijó la cuota alimentaria en un 25% de los ingresos del demandado. La Cámara confirmó la decisión, argumentando que el monto es adecuado para cubrir las necesidades de la menor.
Actor: N. P. G. en representación de su hija M. A. H. Demandado: L. J. H. Objeto: Cuota alimentaria para la menor. Decisión: Se confirmó la sentencia de primera instancia que fijó la cuota alimentaria en un 25% de los ingresos del demandado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La prestación alimentaria es uno de los deberes que se impone a los progenitores como contenido de la responsabilidad parental y que no está sujeta a prueba directa de los gastos generados para la atención de los niños, pues ello resulta evidente." "Los alimentos deben ser proporcionales a las posibilidades económicas de quien está obligado a satisfacerlas y a las necesidades del alimentado." "El monto fijado en base a un porcentaje sobre los haberes del requerido resulta adecuado y debe confirmarse."
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