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O. G. G. E. C/ O. A. J. I. S/ INCIDENTE DE CESE DE CUOTA ALIMENTARIA

El demandante promovió un incidente de cese de cuota alimentaria por considerar que su hijo mayor de edad puede trabajar. La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Necochea confirmó la sentencia de primera instancia, destacando la situación de discapacidad del alimentado y la necesidad de protección de sus derechos.

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Actor: O. G. G. E. Demandado: O. A. J. I. Objeto: Cese de cuota alimentaria. Decisión: Se confirmó la sentencia que rechazó el incidente de cese de cuota alimentaria.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La argumentación contenida en la apelación se desentiende completamente de la particular situación del beneficiario de los alimentos, lo que fue debidamente abordado en la sentencia y su consideración omitida en la apelación." "La discapacidad -en el marco del modelo social
- es un concepto que resulta de la interacción entre las personas y las barreras debidas a la actitud y al entorno que evitan su participación plena y efectiva en la sociedad." "La postura del recurrente se traduce en una supuesta neutralidad normativa por la subsunción que realiza, sin considerar las particularidades propias del caso, tanto en su contexto objetivo como subjetivo, invisibilizando de este modo la discapacidad de su hijo."

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