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ECOGANADEROS DEL SUDESTE S.A. y otros S/ HOMOLOGACION DE CONVENIO

Las partes celebraron una transacción que fue homologada por el Tribunal del Trabajo N° 1. El tribunal consideró que la transacción cumplía con los requisitos legales y resolvió homologarla, terminando el juicio.

Homologacion Transaccion Derecho laboral Tribunal del trabajo Costas Honorarios Ley 20.744 Ley 15.057 Capacidad Terminacion del juicio

Actor: No se menciona explícitamente. Demandado: ECOGANADEROS DEL SUDESTE S.A.; MARTIARENA MARIO ESTEBAN; MARTIARENA ESTEBAN. Objeto: Homologación de un convenio transaccional. Decisión: Se homologó la transacción celebrada por las partes.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La citada transacción ha sido celebrada por las partes plenamente capaces, en ejercicio de su voluntad expresada libremente, no teniendo la misma a la vez por objeto un título nulo ni contraria leyes de orden público (arts. 12 y 15 ley 20744, 308 del CPCC.)" "Entiendo que corresponde homologar la transacción celebrada por las partes y por medio de la cual dan por terminado el presente juicio, en la forma y condiciones que lo han estipulado." "Las costas serán soportadas por las partes demandadas ECOGANADEROS DEL SUDESTE S.A., MARTIARENA MARIO ESTEBAN y MARTIARENA ESTEBAN (art. 73 del C.P.C.C., 24, 25,89 ley 15057)."

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