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ALLENDE MARIA LUCRECIA C/ GOBERNACION DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL

María Lucrecia Allende promovió acción de revisión de la resolución de la Comisión Médica Jurisdiccional de Azul. El Tribunal del Trabajo Nº 1 de Azul rechazó su competencia y remitió las actuaciones al Tribunal de Trabajo de Olavarría.

Incidente Accidentes de trabajo Competencia territorial Comision medica jurisdiccional Ley 27.348 Ley 15.057 Tribunal del trabajo Revision de resolucion Olavarria Buenos aires

Actor: María Lucrecia Allende Demandado: Gobernación de la Provincia de Buenos Aires Objeto: Revisión de la resolución de la Comisión Médica Jurisdiccional de Azul Decisión: Se rechazó la competencia del Tribunal del Trabajo Nº 1 de Azul y se remitieron las actuaciones al Tribunal de Trabajo de Olavarría.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Ninguna de las circunstancias denunciadas por la trabajadora Sra. María Lucrecia Allende permiten concluir que este Tribunal se encuentra habilitado para entender en autos." "Decidir la competencia territorial únicamente en base a la radicación del domicilio de la Comisión Médica Jurisdiccional generaría un notorio desequilibrio en el régimen de ingreso de causas a los Tribunales del fuero." "Entender lo contrario, implicaría que los Tribunales ubicados en ciudades en los que no hay Comisión Médica Jurisdiccional (Olavarría es el caso) jamás entenderían en un trámite semejante."

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