MARTINEZ MIGUEL ANGEL C/ INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ AMPARO POR MORA
El actor promovió una acción de amparo por mora contra el Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires para obtener el pronto despacho de su trámite jubilatorio. El Tribunal desestimó la demanda al considerar que no se configuró mora en el accionar administrativo.
Actor: Miguel Ángel Martínez Demandado: Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires Objeto: Amparo por mora para que se expida sobre el trámite jubilatorio Decisión: Se desestimó la acción de amparo por mora
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La finalidad de este instituto jurídico es sólo procurar el pronto despacho del obrar demorado. Dicha orden será procedente cuando se hubiere dejado vencer los plazos fijados y, en caso de no existir éstos, si hubiere transcurrido un plazo que excediese lo razonable." "Se demuestra que la pretensión articulada resulta inadmisible, puesto que el inicio del reclamo administrativo data del 05/08/2025 y la interposición de la demanda el 20/11/2025, teniendo en cuenta que si se suman los plazos de las diversas dependencias técnicas internas, más el que cuenta el órgano administrativo con competencia resolutoria final para el dictado del acto administrativo -30 días hábiles administrativos-, se advierte prematuro y, por ende, improcedente, el inicio de la acción." "Los presupuestos que tornan viable la promoción del amparo por mora son la omisión en emitir la resolución o el acto de trámite o preparatorio, dentro de los plazos legales o razonables, es decir, ante la configuración objetiva de una situación de morosidad o inactividad formal del órgano, extremo que no se verifica en la especie."
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