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OTERO MARIA AMALIA C/ INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ MEDIDA CAUTELAR AUTONOMA O ANTICIPADA - PREVISION

María Amalia Otero solicitó una medida cautelar autónoma para que el Instituto de Previsión Social cumpla con una resolución que le otorga un beneficio previsional. El Tribunal rechazó la medida, argumentando que el acto administrativo ya había sido revocado y que no se justificaba la tutela excepcional solicitada.

Medida cautelar Prevision Beneficio previsional Resolucion administrativa Improcedencia Tutela excepcional Antiguedad Recurso de revocatoria Inconstitucionalidad Derechos alimentarios

Actor: María Amalia Otero Demandado: Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires Objeto: Cumplimiento de la Resolución Nº 908945, que establece el beneficio previsional. Decisión: Se rechazó la medida cautelar solicitada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El objeto de la pretensión cautelar deducida deviene improcedente por cuanto, previo a su interposición, el 30/10/2024 el Instituto de Previsión Social dictó la Resolución 031127 en la cual se revoca el artículo 4 de la resolución 908945/19." "Conforme lo expuesto, se advierte que el acto administrativo cuya ejecución pretende la accionante ha sido revocado en sede administrativa, rechazando asimismo el recurso de revocatoria intentado ante el organismo previsional." "La medida autosatisfactiva ha sido caracterizada como un proceso urgente dirigido a tutelar situaciones excepcionales que exigen la adopción de una conducta en forma inmediata, ante la inminencia de un riesgo que cause un daño irreversible."

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